INSUMOS Y PRODUCTOS ACEPTADOS
Guaranteed Organic Certification Agency
(GOCA) reconoce y aprueba los métodos e insumos
que aparecen por su nombre genérico en la National
List del National Organic Program (NOP) que se encuentra
en la página web del USDA www.ams.usda.gov/nop.
Aunque un método o insumo aparezca en esta lista,
el productor orgánico no debe utilizar algo que
no aparece en su Plan del Sistema Orgánico (PSO).
GOCA revisará los insumos / productos para verificar
que cumplan con el National Organic Program.
La certificación orgánica,
como la producción orgánica, es un proceso
continuo. El Plan del Sistema Orgánico (PSO)
es un documento que está en una evolución
continua. El PSO y la inspección anual indican
el comienzo del proceso de certificación. Los
métodos e insumos identificados en el PSO pueden
cambiar tanto como las necesidades del productor. Sin
embargo, antes de utilizar un método o insumo
no identificado en su Plan del Sistema Orgánico,
el productor debe enviar información sobre el
método o insumo para que GOCA pueda revisarlo
de acuerdo con el National Organic Program. Aceptado
para la producción orgánica, actualizarán
el PSO con la información que corresponde al
nuevo método o insumo aprobado.
Etiquetado
La Sección 205.105 del NOP exige que: Para comercializar
y etiquetar un producto como “100% orgánico”,
“orgánico” o “hecho con ingredientes
orgánicos (ingredientes específicos o
grupos de ingredientes)” el producto debe ser
producido sin el uso de:
a) substancias e ingredientes sintéticos, excepto
los que son aceptados en las Secciones 205.601 o 205.603;
b) substancias
no-sintéticas que son prohibidas en las Secciones
205.602 y 205.604; c) substancias no-agrícolas
utilizadas en el proceso de manufactura, excepto las
que son aceptados en la Sección 205.605; d) substancias
agrícolas no-orgánicas utilizadas en el
proceso de manufactura, excepto las que son aceptadas
en la Sección 205.605; e) métodos excluidos,
excepto vacunas cuando las vacunas son aceptadas de
acuerdo con la Sección 205.600; f) irradiación,
de acuerdo con la norma de la FDA 21CFR179.26 y g) aguas
residuales.
Semilla
El National Organic Program exige que el productor utilice
semilla orgánica. El NOP toma en cuenta que,
en este momento, hay muy poca disponibilidad, a nivel
comercial, de semilla orgánica. La Sección
205.204 permite el uso de semilla no-orgánica
y no-tratada o de semilla no-orgánica y tratada
(por el proveedor) con sustancias específicas
que aparecen en la National List. Sin embargo, solamente
puede utilizar semilla orgánica y no-tratada
en la producción de semilla germinada o en la
producción de cualquier producto donde consuma
la cáscara de la semilla y/o una parte de la
planta que tenga o tuviera contacto con la cáscara
de la semilla.
Composta
La Sección 205.203 del NOP exige que la composta
de productos de plantas y animales debe de ser producida
por un proceso que
a) establece una proporción inicial de entre
25 a 1 y 40 a 1 de C:N (Carbon:Nitrógeno), b)
mantiene una temperatura entre 131° F y 170°
F durante 3 días utilizando un sistema ya sea
de montón, aireado estático o dentro de
una vasija o durante 15 días utilizando un sistema
de hilera y c) girar 5 veces como mínimo durante
15 días utilizando un sistema de hilera. El NOP
no regula el origen de los materiales de planta y animal
utilizados.
Insumos Permitidos
que no se encuentra el Sub-Parte G del NOP
La Sección 205.203 del NOP declara que a) las
sustancias minerales de mina y de baja solubilidad,
b) las sustancias de mina y de alta solubilidad, de
acuerdo con los requisitos de la Sub-Parte G, c) ceniza
que resulta de la quema de materiales de plantas o animales,
de acuerdo con los requisitos de la Sub-Parte G, d)
los materiales de plantas y animales que han sido cambiado
químicamente por el proceso de elaboración,
de acuerdo con los requisitos de la Sub-Parte G están
permitidas para la producción orgánica.
Insumos y Métodos
Prohibidos que no se encuentra en la Sub- Parte G del
NOP
La Sección 205.203 del NOP declara que a) aguas
residuales,
b) estiércol crudo que se aplica menos de 90
días antes de la cosecha de un producto, cuyo
parte comestible no tiene contacto directo con la superficie
del suelo, c) estiércol crudo que se aplica menos
de 120 días antes de la cosecha de un producto
cuyo parte comestible tiene contacto directo con la
superficie del suelo y d) quemado, como una manera de
deshacerse de residuos de plantas, a menos que se utilice
el quemado como una manera de provocar germinación
o para suprimir enfermedades, no son permitidos para
la producción orgánica.
Sustancias,
Métodos e Ingredientes Prohibidos para la Producción
Orgánica
Las aguas residuales de aguas negras, los transgénicos
(GMOs), definido en el NOP e irradiación (Radiación
Ionizadora), definida en la norma 21 CFR 179.26 del
Food and Drug Administration (FDA) no son permitidos.
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